Urgen revocar resolución que permite comercio de aleta de tiburón
Expertos plantean la gravedad de la decisión del Ministerio de Agricultura que esta semana le dio vía libre a la pesca artesanal de 475 toneladas de tiburón en el Pacífico y el Caribe, incluidas 15,1 toneladas de aletas de tiburón de diferentes especies.
La pesca de tiburones pone en riesgo a algunas especies tanto del Caribe, como del Pacífico. Foto: MarViva |
La Fundación Marviva recomendó revocar la Resolución 350 de 2019, expedida por el Ministerio de Agricultura, que establece cuotas globales para la pesca de diferentes especies bajo aprovechamiento para el año 2020, porque a su juicio presenta deficiencias preocupantes, a la luz del débil control ejercido en las capturas y descargas pesqueras en el país.
La organización internacional que desde hace 17 años trabaja en la protección de la riqueza marina y que tiene sede en Colombia desde 2006, dijo que es determinante contar con información cientifica sobre las poblaciones que permita establecer rigurosas cuotas de pesca que efectivamente propicien el desarrollo de esta actividad de forma sostenible y la conservación de los recursos marinos y costeros.
"Esta resolución incentiva la pesca de especies amenazadas de tiburones y rayas; especies consideradas de alta importancia para la salud de los ecosistemas marinos y por ende de la seguridad alimentaria de las comunidades costeras", dijeron voceros de la organización.
De igual forma, indicaron que se incluyen en la lista de las que se pueden pescar, emitida por el Minagricultura, al menos cinco especies en estado de amenaza que no deberían ser comercializadas (Sphyrna lewini, Sphyrna mokarran, Sphyrna zygaena, Carcharhinus falciformis y Alopias pelagicus), según la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (IUCN) y el Libro Rojo de Peces de Colombia.
Especies amenazadas
Marviva considera que esta resolución (y sus predecesoras en el tema del establecimiento de cuotas anuales) son una violación al Principio Precautorio consagrado en el artículo 1 de la ley 99 de 1993, a los artículos 8,79,289 y 334 de la Constitucion y a la Convención de Río de 1992. Añadió que la norma, que ha generado una reacción de rechazo especialmente en las redes sociales, asigna cuotas a categorías genéricas, como por ejemplo, atún, jaiba, peces óseos y langosta del Caribe, desconociendo las diferencias en poblaciones y suceptibilidad a la extracción de las diferentes especies incluídas en esas categorías generales.
Según la Fundación, se hace caso omiso a los diferentes requerimientos establecidos para pesca dirigida al Comercio Internacional de especies amenazadas, tales como los Dictamenes de Extracción No Perjudicial (DENP) para el caso de aletas de tiburón y de algunas especies de tiburones y rayas, según se reconoce mediante la Ley 17 de 1981. Por estas razones hace un llamado a otras insituciones que tienen como obligación velar por la conservación de los recursos pesqueros para que se pronuncien en este tema.
El pasado 25 de octubre de este año, el ministro de Agricultura, Andrés Valencia, firmó este documento que autoriza la pesca artesanal de 125 toneladas de tiburón de la especie Carcharhinus falciformis, de las cuales 5,2 toneladas corresponden a aletas de tiburón en el mar Caribe en el próximo año; determinación que ha causado el rechazo entre los ambientalistas.
Para el Océano Pacifico, la norma también le da vía libre a la pesca de 350 toneladas de tiburón y 9,9 toneladas de aletas de tiburón de las especies alopias pelagicus, alopias supercilliosus y Sphyrna corona para el 2020. Estas últimas también están incluidas dentro de la cuota total del recurso tiburón.
La bióloga y directora de la Fundación Malpelo, Sandra Bessudo, fue una de las primeras en pronunciarse. A través de sus redes sociales catalogó de "inadmisible el nuevo decreto de Minagricultura frente a los porcentajes permitidos de pesca de tiburones y aletas en Colombia".
El biólogo marino colombiano y PhD en ciencias del mar, Diego Gil, director de operaciones de investigación de la Universidad Texas A&M en Galveston (EU), se pronunció en el mismo sentido y dijo que se deben dar a conocer los estudios que se usaron para determinar esta cuota, ya que en muchos otros lugares estas especies son protegidas, especialmente algunas de ellas como Carcharhinus falciformis. Otras del genero Sphyrna (tiburones martillo) están listadas en Apendice II de CITES, lo que controlaría su exportación, para lo cual se necesitaría licencia del Ministerio de Ambiente, de acuerdo con el experto.
Dijo además, que se trata de especies altamente móviles, y los estudios requeridos para conocer el estado de sus poblaciones deben ser regionales y no locales. "A esto se adiciona que, en algunos casos, es difícil establecer las especies y se presta a confusión con otras parecidas que pueden tener menos control a nivel internacional. Por ejemplo, para el Pacifico se habla de Sphyrna corona, la cual no está en CITES. Pero hay otras especies muy parecidas como Sphyrna mokarran que sí hacen parte del mismo. Esto podría abrir una puerta para el trafico de aletas de estas especies listadas en CITES. En el caso de Sphyrna corona, esta especie es rara, poco estudiada y por tanto se desconoce su abundancia; permitir su explotación podría traer consecuencias para esta especie".
Riesgos de la extracción
En el campo, la pesca de estas especies no es selectiva. Es decir, al buscar esta especie se pueden estar pescando otras muchas. El permitir su extracción puede traer consecuencias para otros animales. Ademas, muchos de estos organismos (tanto los tiburones seleccionados como los otros) ya salen muertos, asi que puede crear consecuencias para la abundancia de estas especies. Similar con otros organismos que suelen caer en los anzuelos, como tortugas.
Por su parte, Carlos Julio Polo Silva, docente e investigador de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, sede Santa Marta, consideró que la resolución debería ajustarse, pues si bien en los años anteriores también se habían establecido estas cuotas, incluso la de 2019, fue igual a la que se acaba de definir para 2020, la diferencia se centra en las aletas; pues se está dando paso a la comercialización de estos productos, cuando en Colombia no se consumen, lo que obligaría a exportarlas.
Sin embargo, dijo, para cumplir con este proceso se debe contar con los diagnósticos de las especies y en Colombia no se cuenta con la información suficiente para generarlos. Estos dictámenes son establecidos por CITES, que en Colombia opera dentro del Ministerio de Ambiente.
Aquí el problema también está relacionado con que se empiece a hacer un tráfico ilegal de estas partes y que el país no cumpla con las normas establecidas en CITES, a las cuales debe ajustarse, debido a que estas especies hacen parte del mismo. "La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), no cuenta con la capacidad suficiente para hacer un control extricto de estos procesos de comercialización", considera Polo Silva.
Para este experto, es importante que se pueda hacer una trazabilidad en torno a estos recursos con el fin de que el país pueda tener una verdadera vigilancia y cumpla con los parámetros de comercio internacional.
Tiburón oceánico de puntas blancas cuyo nombre científico es Carcharhinus longimanus. Foto: MAr Viva |
Diego Gil manifiestó, a su vez, que a nivel mundial existe menos del 10 por ciento de los tiburones que habitaban hace cerca de un siglo en los océanos. Dijo que la gente no los aprecia porque los considera peligrosos. Sin embargo, cumplen un papel demasiado importante en los ecosistemas marinos como el control de poblaciones de ciertos organismos débiles o enfermos.
Gil aseguró que la pesca para “aleteo” es demasiado grave porque se cortan las aletas y se desecha el cuerpo del tiburón que queda agonizante, en el fondo del mar, y muere ahogado porque no puede moverse para oxigenarse. “ Hay campañas mundiales para evitar el aleteo. Y es de pleno conocimiento que en aguas de San Andrés se da de manera ilegal, entre otros”, dijo.
Precisamente, en torno a esta práctica, el Ministerio de Ambiente afirma que mediante la resolución 1743 de 2017, se prohibió al constituir un delito establecido el Artículo 335 del Código Penal y que la mencionada resolución no autoriza esa práctica ni permite la exportación de aleta de tiburón. La pregunta es entonces, ¿a dónde irán a parar esos recursos que no se consumen en Colombia?
Andrés Ortíz, contratista asesor en Asuntos de Pesca Marítima de la Aunap, enfatizó en que la práctica del aleteo está prohibida en el país y explicó que los tiburones deben llegar al puerto con sus aletas adheridas al cuerpo. No obstante, Diego Gil, consideró que este es un tema difícil de controlar.
Ortiz señaló que la comercialización o exportación de esos productos está condicionada a que las utoridades ambientales emitan un certificado que de vía libre a la comercialización, pero ahí es justamente en donde el problema se acrecenta, pues los expertos coincidieron en que no existe la información suficiente para que se puedan otorgar dichos permisos.
Así las cosas, el panorama no es claro y si bien el Minambiente expidió un comunicado indicando que la protección de los tiburones es una prioridad para el Gobierno Nacional, lo cierto es que quedan muchas dudas en torno a cómo realmente se manejan esas cuotas.
REFERENCIA:SEMANA
REFERENCIA:SEMANA
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